La nota simple: qué dice y qué no dice
La nota simple informa de quién figura como titular, qué cargas pesan sobre la finca y cómo está descrita en el Registro, pero no acredita el estado físico del inmueble, ni las deudas con la comunidad, ni las obras sin declarar.
listados Redacción · Actualizado 15 de agosto de 2026
Lo esencial
- Una nota simple cuesta 3,64 euros más IVA en el Registro y unos 9 euros por vía telemática.
- Se entrega en el mismo día por vía electrónica y en 24 a 48 horas en ventanilla.
- Refleja hipotecas, embargos, servidumbres y limitaciones inscritas.
- No incluye deudas de comunidad, IBI pendiente ni obras sin declarar.
Es el primer documento que se pide en cualquier compra y el más barato de todos. También es el que más se malinterpreta, porque contiene menos de lo que muchos suponen.
Qué aparece en el documento
La descripción registral de la finca con superficie, linderos y referencia catastral. La titularidad, es decir, quién consta como propietario y con qué porcentaje. Y las cargas inscritas: hipotecas con su importe inicial, embargos, servidumbres, condiciones resolutorias y afecciones fiscales. También la fecha de la última inscripción, que indica cuándo se movió el historial por última vez.
| Dato | Aparece | Dónde se comprueba si no |
|---|---|---|
| Titular registral | sí | |
| Hipoteca inscrita | sí, importe inicial | certificado de deuda del banco |
| Embargos y anotaciones | sí | |
| Servidumbres inscritas | sí | inspección física de la finca |
| Superficie registral | sí | catastro y medición real |
| Deudas de comunidad | no | certificado del administrador |
| IBI pendiente | no | ayuntamiento |
| Obras sin declarar | no | catastro y visita |
| Estado de conservación | no | informe técnico |
La diferencia entre superficie registral y real
La superficie que consta en el Registro procede de la escritura, que a su vez puede arrastrar datos de hace décadas. Es frecuente encontrar diferencias del 5 al 15 por ciento respecto a la medición actual, sobre todo en fincas antiguas y en suelo rústico. La discrepancia no impide la compra, pero conviene detectarla antes, porque regularizarla después cuesta entre 600 y 2.500 euros entre técnico y notaría.
Lo que la nota no cubre
Las deudas con la comunidad de propietarios no se inscriben, y el comprador responde de la anualidad en curso y de los tres años anteriores. Por eso hace falta un certificado del administrador, que es gratuito o cuesta entre 20 y 60 euros. Tampoco constan el IBI pendiente, las obras ejecutadas sin licencia ni las infracciones urbanísticas que no hayan llegado a inscribirse.
Otro punto ciego habitual son los arrendamientos. Un contrato de alquiler no inscrito no aparece, y sin embargo puede afectar al comprador. Por eso conviene preguntar expresamente y hacerlo constar en el contrato de arras.
Cuándo pedirla y con qué antigüedad
Al inicio, antes de firmar arras, y otra vez pocos días antes de la firma en notaría, porque entre ambas pueden anotarse embargos. La notaría solicita además información registral actualizada el mismo día de la firma. Una nota con más de un mes de antigüedad no sirve para tomar decisiones, y su coste de unos 9 euros no justifica reutilizarla.
Preguntas frecuentes
+¿Cuánto cuesta una nota simple?
3,64 euros más IVA en el Registro y alrededor de 9 euros solicitada por vía telemática, con entrega el mismo día.
+¿Acredita la propiedad?
Informa de quién figura inscrito, pero no es un título de propiedad. El título es la escritura pública.
+¿Aparecen las deudas de comunidad?
No. Hay que pedir un certificado al administrador, ya que el comprador responde del año en curso y los tres anteriores.
+¿La superficie es fiable?
Procede de la escritura y puede diferir un 5 a 15 por ciento de la real, sobre todo en fincas antiguas y rústicas.
+¿Con qué antelación debe pedirse?
Al inicio del proceso y de nuevo pocos días antes de la firma, porque entre ambas fechas pueden anotarse cargas.
Fuentes
- 1Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos, Boletín Oficial del Estado (agosto de 2026)
- 2Consejo General del Notariado, Consejo General del Notariado (agosto de 2026)