Alquilar furgoneta: qué carnet hace falta
El permiso B permite conducir vehículos de hasta 3.500 kilos de masa máxima autorizada y nueve plazas incluido el conductor, de modo que casi todas las furgonetas de alquiler de particulares entran en esa categoría sin necesidad de otro carné.
listados Redacción · Actualizado 15 de agosto de 2026
Lo esencial
- El límite del permiso B es 3.500 kilos de masa máxima autorizada.
- Por encima de ese peso se exige el permiso C1, hasta 7.500 kilos.
- Las furgonetas tienen límites de velocidad inferiores a los de un turismo.
- La altura del vehículo suele rondar entre 2,10 y 2,80 metros y condiciona los aparcamientos.
La cifra que decide es la masa máxima autorizada que figura en la ficha técnica, no el tamaño aparente del vehículo ni lo que se piense cargar.
Qué permite el permiso B
Vehículos de hasta 3.500 kilos de masa máxima autorizada y hasta 9 plazas incluido el conductor. Ese margen cubre las furgonetas de mudanza más habituales, con volúmenes de carga de entre 6 y 20 metros cúbicos. Permite además arrastrar un remolque ligero de hasta 750 kilos, y conjuntos de hasta 4.250 kilos con la formación adicional correspondiente.
| Masa máxima autorizada | Permiso | Volumen habitual |
|---|---|---|
| hasta 3.500 kg | B | 6 a 20 m³ |
| 3.500 a 7.500 kg | C1 | 20 a 40 m³ |
| más de 7.500 kg | C | más de 40 m³ |
| Remolque ligero | B, hasta 750 kg | |
| Conjunto hasta 4.250 kg | B con formación | |
| Más de 9 plazas | D1 o D | |
| Edad mínima habitual | 21 a 25 años | según empresa |
Los límites de velocidad son otros
Las furgonetas destinadas al transporte de mercancías circulan a un máximo de 90 kilómetros por hora en autopista y autovía y de 80 en carretera convencional, por debajo de los 120 y 90 de un turismo. Ese detalle se olvida con facilidad y explica buena parte de las denuncias de exceso de velocidad con vehículos de alquiler. La diferencia son 30 kilómetros por hora en autovía, suficiente para una sanción de 100 a 300 euros.
Lo que se olvida antes de cargar
La altura total del vehículo, entre 2,10 y 2,80 metros, que impide entrar en aparcamientos subterráneos con gálibo de 2 metros. La carga útil real, que es la diferencia entre la masa máxima y la tara, habitualmente entre 800 y 1.400 kilos. La sujeción de la carga, obligatoria y comprobable en control. Y las dimensiones de acceso a la calle de destino, un problema muy concreto en cascos antiguos de la isla.
Una mudanza de un piso de 80 metros cuadrados suele necesitar entre 12 y 16 metros cúbicos, es decir, dos viajes con una furgoneta de 8 metros cúbicos o uno con una de 16.
Coste y condiciones
El alquiler diario ronda los 55 a 120 euros según volumen y temporada, con franquicias de 1.500 a 2.000 euros y kilometraje a veces limitado a 100 o 200 kilómetros diarios, con exceso facturado a 0,20 o 0,35 euros por kilómetro. Ese último punto es el que más encarece una mudanza entre municipios: 300 kilómetros en un día con límite de 100 añaden entre 40 y 70 euros a la factura final.
Preguntas frecuentes
+¿Necesito un carné especial?
No hasta 3.500 kilos de masa máxima autorizada. Por encima hace falta el permiso C1.
+¿A qué velocidad puedo circular?
90 kilómetros por hora en autovía y 80 en carretera convencional, por debajo de un turismo.
+¿Cuánta carga admite?
La carga útil habitual va de 800 a 1.400 kilos, según la diferencia entre masa máxima y tara.
+¿Cabe en un aparcamiento subterráneo?
Casi nunca. La altura va de 2,10 a 2,80 metros y el gálibo habitual es de 2 metros.
+¿Cuánto cuesta al día?
Entre 55 y 120 euros según volumen y temporada, con posible límite de kilometraje diario.
Fuentes
- 1Dirección General de Tráfico, Ministerio del Interior (agosto de 2026)
- 2Boletín Oficial del Estado, BOE (agosto de 2026)