Comisión de un bróker náutico: cuánto y por qué

La comisión habitual de un bróker náutico se sitúa entre el cinco y el diez por ciento del precio de venta, la paga el vendedor salvo pacto distinto, y cubre valoración, promoción, gestión de visitas, negociación y acompañamiento en la documentación de la transmisión.

listados Redacción · Actualizado 15 de agosto de 2026

Lo esencial

  • La comisión estándar va del 5 al 10 por ciento del precio de venta.
  • En embarcaciones pequeñas suele fijarse un mínimo por operación.
  • El contrato de intermediación puede ser en exclusiva o no.
  • Los gastos de peritaje y varada para inspección corren aparte.

La cifra parece alta hasta que se compara con lo que cuesta vender mal: meses de amarre pagados y un precio final por debajo del que se habría obtenido.

Qué cubre la comisión

Valoración con referencias reales de mercado, no con precios de anuncio. Reportaje fotográfico y ficha técnica completa. Publicación en los canales del sector y en la propia cartera del bróker. Filtrado y acompañamiento de visitas, que ahorra al propietario decenas de desplazamientos. Negociación. Y coordinación de la documentación de transmisión, que en náutica es más compleja que en un vehículo.

ConceptoImporteQuién lo paga
Comisión estándar5 a 10 % del preciovendedor
Mínimo por operación1.500 a 4.000 €vendedor
Peritaje previo a la compra600 a 2.500 €comprador
Varada para inspección300 a 900 €comprador
Traslado a otro puertosegún distanciasegún pacto
Gestión documental de la transmisiónincluida habitualmentevendedor
Duración del encargo3 a 12 meses
Comisiones y costes asociados.

Exclusiva o no

En exclusiva, un solo bróker gestiona la venta durante un plazo pactado, habitualmente de 3 a 12 meses, y suele implicar mayor esfuerzo promocional y una comisión ligeramente inferior. Sin exclusiva, varios profesionales pueden ofrecer la misma embarcación, con el riesgo de que aparezca publicada a precios distintos, algo que transmite desconfianza al comprador y termina presionando el precio a la baja.

Qué debe figurar en el contrato

Precio de salida y precio mínimo autorizado. Porcentaje de comisión y base de cálculo, indicando si se aplica sobre el precio final o sobre el de salida. Duración del encargo y condiciones de renovación. Si hay exclusiva y en qué términos. Qué gastos asume cada parte. Y en qué momento se devenga la comisión, que debería ser con la firma y el cobro efectivo, no con la simple aceptación de una oferta.

Conviene también acordar por escrito quién asume el coste del amarre mientras dure el encargo, partida que en un año puede superar el importe de la propia comisión en embarcaciones pequeñas.

Cómo elegir

Por conocimiento del segmento concreto: quien vende veleros de crucero de 12 metros no maneja la misma cartera que quien trabaja embarcaciones a motor de 7. Por presencia real en los canales donde busca el comprador de ese tipo de barco. Y por transparencia en la valoración: un bróker que acepta un precio de salida un 30 por ciento por encima del mercado para conseguir el encargo no está haciendo un favor a nadie.

Preguntas frecuentes

+¿Cuánto cobra un bróker náutico?

Entre el 5 y el 10 por ciento del precio de venta, con un mínimo por operación en barcos pequeños.

+¿Quién paga la comisión?

El vendedor, salvo pacto distinto recogido en el contrato de intermediación.

+¿Conviene la exclusiva?

Suele implicar más esfuerzo promocional y evita que el barco aparezca a precios distintos en varios sitios.

+¿Qué gastos van aparte?

El peritaje previo y la varada para inspección, que asume habitualmente el comprador.

+¿Cuándo se devenga la comisión?

Debería ser con la firma y el cobro efectivo, no con la simple aceptación de una oferta.

Fuentes

  1. 1Boletín Oficial del Estado, BOE (agosto de 2026)
  2. 2Govern de les Illes Balears, Govern de les Illes Balears (agosto de 2026)

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