Seguro de embarcación: lo obligatorio y lo recomendable

El seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria cubre los daños causados a terceros, mientras que la cobertura de casco y máquinas, que protege la propia embarcación, es voluntaria y representa la mayor parte de la prima.

listados Redacción · Actualizado 15 de agosto de 2026

Lo esencial

  • La responsabilidad civil es obligatoria para embarcaciones de recreo.
  • La prima total ronda del 0,4 al 1,2 por ciento del valor asegurado.
  • El ámbito de navegación contratado limita dónde opera la cobertura.
  • El robo del motor fueraborda suele exigir sistema antirrobo homologado.

La parte obligatoria es barata y la voluntaria es la que se nota en la factura. También es la que decide quién paga si el barco se hunde en el amarre.

Las coberturas

Responsabilidad civil obligatoria, que cubre daños a terceros con los límites establecidos por la normativa. Responsabilidad civil ampliada, que eleva esos límites. Casco y máquinas, que cubre los daños al propio barco por colisión, varada, incendio o temporal. Robo. Y coberturas accesorias como asistencia en la mar, remolque, retirada de restos, gastos de defensa jurídica y accidentes de los ocupantes.

CoberturaCarácterPrima orientativa
Responsabilidad civil obligatoriaobligatoria150 a 400 €
Responsabilidad civil ampliadavoluntaria80 a 250 €
Casco y máquinasvoluntaria0,4 a 1 % del valor
Robovoluntariaincluida o aparte
Asistencia y remolquevoluntaria60 a 200 €
Accidentes de ocupantesvoluntaria40 a 150 €
Franquicia habitual en casco300 a 3.000 €
Qué cubre cada modalidad.

El ámbito de navegación

Es la cláusula que más disgustos da. La póliza define un ámbito geográfico, por ejemplo aguas de Baleares o Mediterráneo occidental, y fuera de él la cobertura no opera. Quien planee una travesía a la península, a Cerdeña o al norte de África debe ampliarlo antes de salir, un trámite que suele resolverse en 24 horas con un recargo de prima modesto pero que hay que solicitar.

Las exclusiones que se repiten

Los daños por falta de mantenimiento, que es la vía por la que se rechazan más siniestros: un pasacascos deteriorado que provoca una vía de agua no es un accidente sino un mantenimiento omitido. La navegación con un patrón sin titulación suficiente. La participación en regatas si no está declarada. El desgaste normal. Y el robo del fueraborda sin el sistema antirrobo exigido en póliza.

Conservar las facturas de las revisiones anuales es la forma más simple de acreditar el mantenimiento cuando llega un siniestro.

Cómo ajustar la prima

Declarar un valor realista: sobreasegurar no aumenta la indemnización, porque se indemniza el valor real, y sí eleva la prima. Elegir una franquicia proporcionada, ya que subirla de 600 a 1.500 euros puede reducir la prima entre un 10 y un 20 por ciento. Declarar el amarre y el sistema de vigilancia. Y revisar el valor asegurado cada 2 o 3 años, porque una póliza congelada durante una década asegura un valor que ya no existe.

Preguntas frecuentes

+¿Qué seguro es obligatorio?

El de responsabilidad civil, que cubre los daños causados a terceros con los límites normativos.

+¿Cubre los daños a mi propio barco?

Solo si se contrata la cobertura voluntaria de casco y máquinas.

+¿Cuánto cuesta la prima?

Entre el 0,4 y el 1,2 por ciento del valor asegurado sumando todas las coberturas.

+¿Puedo navegar a cualquier sitio?

Solo dentro del ámbito de navegación contratado. Fuera de él la cobertura no opera.

+¿Qué siniestros se rechazan más?

Los derivados de falta de mantenimiento, como una vía de agua por un pasacascos deteriorado.

Fuentes

  1. 1Boletín Oficial del Estado, BOE (agosto de 2026)
  2. 2Govern de les Illes Balears, Govern de les Illes Balears (agosto de 2026)

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