Certificado de autenticidad: qué debe contener
Un certificado de autenticidad válido identifica la obra con precisión, indica autor, título, año, técnica, medidas y numeración si es seriada, y lleva la firma de quien lo emite, sea el propio artista, su representante legal o una entidad reconocida.
listados Redacción · Actualizado 15 de agosto de 2026
Lo esencial
- Debe identificar la obra con técnica, medidas, año y numeración.
- La fotografía incorporada al certificado evita sustituciones.
- Sin certificado, el valor de reventa se reduce de forma notable.
- El certificado emitido por el propio vendedor sin más respaldo tiene poco peso.
El papel no hace auténtica una obra. Lo que hace es permitir demostrarlo, y esa diferencia se nota el día que hay que venderla o asegurarla.
Qué debe incluir
Nombre completo del autor. Título de la obra. Año de creación. Técnica y soporte con precisión, no la palabra técnica mixta a secas. Medidas en centímetros sin marco y, si procede, con marco. Numeración de la edición y tirada total en obra seriada. Fotografía de la obra incorporada al documento. Datos de quien emite el certificado con su firma. Y fecha de emisión.
| Emisor | Peso | Observación |
|---|---|---|
| El propio artista | muy alto | el más sólido en obra viva |
| Herederos o fundación del autor | muy alto | en obra de autor fallecido |
| Galería representante | alto | si acredita la relación |
| Perito o experto reconocido | alto | con informe motivado |
| Vendedor sin más respaldo | bajo | insuficiente por sí solo |
| Documento sin fotografía | reducido | permite sustitución |
| Certificado sin firma | nulo |
Por qué la fotografía importa
Un certificado que describe una obra sin mostrarla puede acabar acompañando a otra pieza distinta de medidas parecidas. Por eso el estándar del sector incluye una imagen impresa en el propio documento, y en obras de cierto valor también un detalle de la firma o de una zona identificable. En caso de duda, ese detalle es lo primero que compara un perito.
El resto de la documentación
La factura de compra, que acredita la titularidad. La procedencia, es decir, la cadena de propietarios anteriores, especialmente relevante en obra antigua. Los catálogos de exposición en los que la pieza haya figurado. Y los informes de restauración si los hay. Ese conjunto forma el expediente de la obra y es lo que sostiene su valor en una tasación o en una venta.
El efecto sobre el precio es medible. Una obra sin certificado ni documentación de procedencia pierde con frecuencia entre un 20 y un 50 por ciento de su valor de reventa, y en obra seriada esa penalización puede ser mayor porque no se puede acreditar el número de ejemplar. Un informe pericial de 300 a 1.500 euros recupera buena parte de esa diferencia en piezas que superan los 3.000 euros.
Digitalizar todo el expediente y guardarlo separado de la obra evita perderlo en una mudanza o un siniestro.
Si se ha perdido
Puede solicitarse un duplicado al emisor original si sigue en activo. Si el artista vive, su estudio suele poder reemitirlo con la fotografía de la obra. Si no, procede un informe pericial de un experto en ese autor, que cuesta habitualmente entre 300 y 1.500 euros según complejidad y que, con la documentación de procedencia, sustituye funcionalmente al certificado perdido.
Otro dato orienta: en una colección de 10 piezas, el informe conjunto cuesta entre 400 y 900 euros, frente a los 60 a 250 euros por pieza suelta. Digitalizar los certificados y guardarlos aparte de las obras ocupa 30 minutos y evita perderlos en una mudanza.
Preguntas frecuentes
+¿Qué debe contener el certificado?
Autor, título, año, técnica, medidas, numeración si procede, fotografía, emisor con firma y fecha.
+¿Quién puede emitirlo?
El artista, sus herederos o fundación, la galería representante o un perito reconocido con informe.
+¿Por qué es importante la fotografía?
Porque sin ella el documento puede terminar acompañando a otra obra de medidas parecidas.
+¿Vale un certificado del vendedor?
Por sí solo tiene poco peso. Debe respaldarse con la relación acreditada con el autor o con un perito.
+¿Y si lo he perdido?
Se puede pedir duplicado al emisor o encargar un informe pericial de 300 a 1.500 euros.
Fuentes
- 1Boletín Oficial del Estado, BOE (agosto de 2026)
- 2Govern de les Illes Balears, Govern de les Illes Balears (agosto de 2026)